DISCURSO DE RECEPCIÓN DE LA DOCTORA ASTRID UZCÁTEGUI COMO MIEMBRO CORRESPONDIENTE DE LA ACADEMIA DE MÉRIDA

Por: Dr. Fortunato González Cruz

Individuo de Número. Sillón 6

Viene a esta casa señorial la doctora Astrid Coromoto Uzcátegui Angulo para ingresar a la Academia de Mérida. La postuló un merideño integral que nos ha alumbrado con su sabiduría y conocimiento del Derecho, quien desde la antigua Corte Suprema de Justicia protagonizó uno de los actos de mayor honor y valentía para los venezolanos, al apartarse de la que se estaba transmutando de un orgullo a una vergüenza nacional. Me refiero al jurista Román José Duque Corredor, a quien sin merecerlo sustituyo en su discurso dejándonos ayunos de su lección que esperábamos con expectación. La doctora Astrid Uzcátegui nos sorprende con un trabajo de investigación que hilvana el conocimiento de lo lugareño con el pensamiento universal, resumido en el discurso que acaba de pronunciar, en el que se ha referido a las cosas de Mérida para dejarnos con el deseo de correr a La Parroquia de Santiago de la Punta, de donde era su padre Julio José Uzcátegui, a comer unos pastelitos o a Ejido, de donde era su madre Carmen Angulo Peña, a saborear unos alfondoques. Astrid nació en Mérida, realizó sus estudios primarios en el Grupo Escolar Monseñor Jáuregui Moreno de Ejido  y el bachillerato en el Colegio La Presentación de Mérida. Luego formó parte de la cohorte que apadrinó el inolvidable profesor y juez Dr. Desiderio Gómez Mora. Luego va a otros horizontes a realizar sus estudios de cuarto nivel.

He podido leer in extenso su trabajo de incorporación que nos ofrece un paseo por toda la geografía merideña, que conozco palmo a palmo. Hace días estuve en los pueblos sureños de San José de Acequias, Mucuchachí y Mucutuy, poco antes en Bailadores y Guaraque, antes en Pueblo Llano y Mucuchíes y en los calientes pueblos del Sur del Lago. Invito respetuosamente a los honorables académicos y a quienes nos acompañan en este recibimiento a  pasear de la mano de la nueva Académica por la sorprendente geografía merideña y la apología que nos hace de la creatividad de sus habitantes. Les aseguro que el viaje por su libro es menos fragoso que los caminos, aunque vale la pena el viaje para tener el placer de calentarse con una sopa de trigo donde Juan Sánchez, en Mucubají, que tiene la sabrosa sazón de nuestros páramos como muestra del sincretismo que revela nuestra naturaleza mestiza.

Su trabajo es fruto de los años que ha dedicado a la investigación científica, en el que pone en evidencia el dominio de la técnica, la profundidad del análisis, la rigurosidad en el uso de las fuentes y la coherencia de las ideas que transportan al lector, como al oyente esta tarde, de lo merideño a lo mundial, de lo prehistórico a lo actual, y de la filosofía jurídica a la especificidad de la norma legal.

Respecto a esta idea de lo jurídico, el Artículo 98 de la Constitución de Venezuela, primero del Capítulo VI sobre los Derechos Culturales y Educativos, dispone lo siguiente: “La creación cultural es libre. Esta libertad comprende el derecho a la inversión, producción y divulgación de la obra creativa, científica, tecnológica y humanística, incluyendo la protección legal de los derechos del autor o de la autora sobre sus obras. El Estado reconocerá y protegerá la propiedad intelectual sobre las obras científicas, literarias y artísticas, invenciones, innovaciones, denominaciones, patentes, marcas y lemas de acuerdo con las condiciones y excepciones que establezcan la ley y los tratados internacionales suscritos y ratificados por la República en esta materia.”[i] Este es el punto donde apoya la Doctora Astrid Uzcátegui su quehacer científico, el que marca su impronta académica, inspira sus reflexiones y ordena su interesante búsqueda del conocimiento.

A primera vista parece una gota en el inmenso mar de lo jurídico, y lo es, solo que alcanza a formar inmensas olas que bañan el universo del Derecho como lo demuestra la doctora Astrid Uzcátegui en el discurso que acabamos de oír, tomada desde las profundidades de la historia humana y desde el corazón de Mérida, para crear una tormenta de ideas y proposiciones que ilustran a esta Academia sobre un asunto que es indispensable comprender por quienes hacemos de la creación cultural un oficio, quizás también un hábito, y que para los gobernantes de hoy parece ser un delito.

La creación cultural es libre. Una declaración fundamental en nuestra contradictoria Carta Magna que ya acusaba desde las discusiones en la Asamblea Nacional Constituyente las artimañas de una ideología más o menos solapada, menos para los mejores analistas como Allan Brewer Carías y más para el apasionado constituyente Jorge Olavarría, quien cayó en cuenta del engaño cuando ya estaba armado el caballo de Troya. Pero allí está el principio, la declaración que nos permite tener una referencia clave para su ejercicio y su defensa.  Permítanme insistir en esta frase que es mi punto de apoyo. Creación es la palabra, que es la acción de dar existencia a una cosa, es una dinámica que se expresa en crear, un acto inteligente que sólo la mente humana es capaz de realizar. El Diccionario de la Lengua Española define por creación la “Obra de ingenio, de arte o artesanía muy laboriosa, o que revela una gran inventiva” [ii], más para referirse al resultado de la acción creadora que al proceso creativo, al que se refiere Platón en “El banquete” con el término poiesis como “la causa que convierte cualquier cosa que consideremos de no-ser a ser”. Interesante la palabra ingenio usado por dicho diccionario, que tiene una acepción tan amplia que va desde la intuición y la inventiva hasta un aparato o utensilio. Lorca en esto ha sido el más ingenioso el establecer la diferencia entre ángel, musa y duende, al referirse al arte. Escribe: “El ángel deslumbra, dice el Poeta, pero vuela sobre la cabeza del hombre, está por encima, derrama su gracia, y el hombre, sin ningún esfuerzo, realiza su obra o su simpatía o su danza. El ángel del camino de Damasco y el que entró por las rendijas del balconcillo de Asís. La musa dicta, y, en algunas ocasiones, sopla. Puede relativamente poco, porque ya está lejana y tan cansada (yo la he visto dos veces), que tuve que ponerle medio corazón de mármol. Los poetas de musa oyen voces y no saben dónde, pero son de la musa que los alienta y a veces se los merienda. Como en el caso de Apollinaire, gran poeta destruido por la horrible musa con que lo pintó el divino angélico Rousseau. Ángel y musa vienen de fuera; el ángel da luces y la musa da formas (Hesíodo aprendió de ellas). Pan de oro o pliegue de túnicas, el poeta recibe normas en su bosquecillo de laureles. En cambio, al duende hay que despertarlo en las últimas habitaciones de la sangre. En los toros adquiere sus acentos más impresionantes, porque tiene que luchar, por un lado, con la muerte, que puede destruirlo, y por otro lado, con la geometría, con la medida, base fundamental de la fiesta. El toro tiene su órbita; el torero, la suya, y entre órbita y órbita un punto de peligro donde está el vértice del terrible juego.” [iii] (Pág. 126)

La creación puede expresar sus resultados en investigaciones intelectuales, en trabajos científicos y en soluciones técnicas, desde la reflexión filosófica, la creación de un software hasta el diseño de una herramienta. Y la creación artística se mueve en los ámbitos de la estética. Ambas expresan o una realidad epistémica o una realidad artística. [iv] Ambas satisfacen necesidades humanas, una con sentido práctico y la otra íntima. A los dos tipos de creaciones se refiere la Constitución cuando agrega la palabra “cultural”. En efecto, toda obra puede satisfacer a su creador, pero para pasar a enriquecer la cultura y su aprecio exterior depende de la calidad de sus resultados o de sus bondades estéticas, estás últimas mucho más subjetivas. La Constitución se refiere explícitamente a “la obra creativa, científica, tecnológica y humanística”. La literatura ofrece una amplia polémica sobre lo que debe o no incluirse como cultura. Los estudios sobre la sociedad de masas del español José Ortega y Gasset alumbran bastante sobre el tema. Dice nuestra nueva Académica siguiendo las definiciones de la UNESCO y de la ONU que “la cultura está constituida por los rasgos distintivos espirituales e inmateriales, intelectuales y afectivos que caracterizan y otorgan identidad a una sociedad o un conjunto específico de ella, y que los asimilan o diferencian unos de otros”.  No corresponde hora meterse en estas profundidades; me limito a expresar que estos organismos internacionales, consecuentes con su naturaleza ecléctica, meten de todo en su cajón de sastre, y, amigos académicos,  hay cosas que agradan y otras que repugnan, y entonces por mi cuenta tomo por cultura lo primero porque humaniza, porque eleva, porque contribuya al esfuerzo global por seguir cumpliendo la tarea de continuar la obra de la creación y dejar a Dios que descanse. Se trata de un esfuerzo de individuos y grupos que aportan al inventario de la humanidad y lo enriquecen. Si lo envilecen, entonces es preferible denominarlo como anticultura.

La frase termina con la palabra “libre”. La creación cultural es libre porque el autor dispone de su voluntad de manera absoluta.  En este tema sigo la posición de la filosofía del libre albedrío que subrepticiamente introdujo por los sótanos de la Asamblea Nacional Constituyente de 1999 nuestro amigo y colega Ricardo Combellas. Siendo un ser inteligente y libre, el hombre crea según su voluntad sin sumisión a presiones externas. Por ello es responsable. Primero consigo mismo y luego con los demás. Pese a ser la libertad ilimitada, la voluntad tiene en los valores íntimos, morales y éticos un primer aviso; luego en las pautas sociales y por fin en las leyes que serán ineficaces si no encuentran bases en la voluntad personal del individuo. “Hago siempre lo que quiero, por eso soy libre. Hago siempre lo que ordena mi conciencia, por eso no soy esclavo”. Es una frase del filósofo español José Antonio Marina. También esta idea está en Aristóteles,  Kant, Rousseau y en Isaiah Berlin, quienes sostienen la tesis de la libertad individual siguiendo el razonamiento siguiente: si las leyes son emitidas por alguna fuerza externa, entonces no soy libre, luego soy esclavo. Pero si yo me ordeno a mí mismo hacer estas cosas, entonces dejo de ser esclavo, pues me controlo a mí mismo; soy el autor de mi propia conducta, y eso es libertad.

El creador dispone del proceso creativo y de su obra. Es aquí donde entra la investigación que nos ha propuesto nuestra nueva compañera de la Academia de Mérida Astrid Uzcátegui, a partir de la siguiente frase constitucional “Esta libertad comprende el derecho a la inversión, producción y divulgación de la obra creativa, científica, tecnológica y humanística, incluyendo la protección legal de los derechos del autor o de la autora sobre sus obras.” La libertad, la del creador, que es primero, comprende otros derechos inherentes a su libertad. La marca de fuego es un ejercicio de señorío de quien crea, y desde este sello que personaliza la obra se desarrolla una historia que llega hasta hoy con el ISBN, el código de barras,  o el código qr y las señas más seguras y universales que se inventen en este tiempo vertiginoso.

Ricardo Antequera Parilli y Mariano Uzcátegui Urdaneta marcaron el camino que ha continuado la doctora Astrid Uzcátegui en el estudio de los derechos de autor y de la propiedad intelectual en Venezuela y en Mérida, y se creó un postgrado en la Universidad de Los Andes para investigar y profundizar en los conocimientos de un Derecho que tiene sus particularidades y definiciones, que le permite unidad de cátedra y gozar de espacio académico propio. Ya se anunciaba, como dice la doctora Astrid Uzcátegui en la Introducción de su discurso, a partir de las marcas de fuego y las denominaciones geográficas de origen, para adentrarnos en los espacios jurídicos  que consagran derechos y mecanismos para su protección, mediante los denominados derechos intelectuales.

Llama la atención la doctora Astrid Uzcátegui sobre dos perspectivas distintas y complementarias: El derecho a la cultura que comprende la participación en la vida cultural y el goce de los beneficios del progreso científico y tecnológico, por una parte; y por otra el derecho a obtener un beneficio de la actividad creadora y disponer de instituciones para la protección de los intereses del creador, que pueden ser morales y materiales por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autor”. Sabe Astrid y mis compañeros de la Academia, que una de  mis pasiones es Mérida y lo local uno de los motivos de mis ocupaciones intelectuales. De allí que tome la primera acepción para destacar los derechos colectivos al orden urbano, a la monumentalidad, a la belleza, a la vista que nos brinda las montañas de nuestra serranías; como también a la modernidad y a disponer de bienes y servicios de calidad tal como está consagrado este derecho en el artículo 117 de nuestra Constitución. No volver al baño con totuma ni a la siembra en conuco por la pretensión de quienes se apropiaron del Estado para imponer como regla de vida su atraso mental e histórico, pues como dice nuestra nueva compañera en la Academia, apoyada en declaraciones universales y en la ciencia que domina, eso no es el Derecho de este siglo.

Los derechos de autor son parte de los derechos intelectuales, pero como lo advierte la doctora Astrid Uzcátegui en su trabajo, también son derechos económicos porque como lo dice el texto constitucional, se trata del derecho de propiedad con sus atributos de usar, gozar, disfrutar y disponer. En este aspecto, su contribución es importante y sus trabajos forman ya parte de la doctrina venezolana en materia de propiedad intelectual. En estos temas, la especialista es quien hoy ingresa. Quien la recibe se ha movido más en el campo del Derecho Público y por eso, y para dejar ya tranquila a la honorable concurrencia, solo me queda por agregar: Doctora Astrid Coromoto Uzcátegui, bienvenida a la Academia de Mérida.

Dr. Fortunato González Cruz

Individuo de Número, Sillón 6

Academia de Mérida


[i] Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

[ii] Diccionario de la Lengua Española

[iii] García Lorca, Federico. 2006. Juego y teoría del duende. Obras completas III. Instituto Cervantes.Círculo de Lectores. Barcelona

[iv] THÉMATA. REVISTA DE FILOSOFÍA. Núm. 36, 2006. UNA REFLEXIÓN FILOSÓFICA SOBRE EL ARTE Rubén Muñoz Martínez. Sevilla

 

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